This is default featured slide 1 title

Go to Blogger edit html and find these sentences.Now replace these sentences with your own descriptions.

This is default featured slide 2 title

Go to Blogger edit html and find these sentences.Now replace these sentences with your own descriptions.

This is default featured slide 3 title

Go to Blogger edit html and find these sentences.Now replace these sentences with your own descriptions.

This is default featured slide 4 title

Go to Blogger edit html and find these sentences.Now replace these sentences with your own descriptions.

This is default featured slide 5 title

Go to Blogger edit html and find these sentences.Now replace these sentences with your own descriptions.

martes, 25 de julio de 2017

Bolsa o Mercado de Valores Corredores de Cambio Agente de Cambio

INTRODUCCIÓN:

El presente trabajo es una recopilación de temas muy importantes que competen al curso al que se le adjunta amplias terminologías más usuales que nos brinda esta interesante área que comprende la bolsa de valores, corredores y agente de cambio.

Temas analizados:

1-Bolsa de Valores

2-Corredores de Cambio

3-Agente de Cambio   
 Bolsa o Mercado de Valores. Esta  consiste en el negocio de la compra y venta de acciones, esas secciones mínimas de una corporación que sus dueños ponen a la venta en el mercado financiero público (de nuevo, la Bolsa) para obtener dinero con el que hacer crecer y desarrollar aún más sus empresas comerciales. Al emitir acciones y venderlas, una compañía consigue dinero sin tener que pedirle dinero al banco y convertirse en su deudor.
Al mismo tiempo, los accionistas que aportan dinero a la compañía comprando secciones de ella, lo hacen con la esperanza de que esa compañía hará crecer su dinero  ese dinero que constituye una inversión en el crecimiento de la empresa. Esas transacciones se llevan a cabo en un edificio específico de Wall Street, la calle principal del distrito financiero de Nueva York: el NYSE o New York Stock Exchange, conocido también como “la Bolsa”. El NYSE, la bolsa mayor del mundo, tiene en su lista unas 3,000 corporaciones, que suman alrededor de 236,000 acciones.
Las transacciones de compra y venta no se realizan directamente con la bolsa, sino mediante una agencia de corretaje (como Merrill Lynch, Charles Schwab o Morgan Stanley) a la que hay que pagarle una comisión por su trabajo. Cada días más, estas transacciones se llevan a cabo por la Internet, aunque también se puede llamar por teléfono a la agencia de corretaje para indicarles que quieres comprar acciones de una determinada compañía.

CARACTERÍSTICAS  DE LA BOLSA DE VALORES:

Las características principales de la Bolsa son:
Debe ser un Mercado perfecto. Para ello tiene que cumplir tres requisitos básicos:

1.      Ningún operador tiene la capacidad de influir en las cotizaciones.

2.    Cualquier participante tiene igual acceso a la información relevante.

3.    Cada inversor conoce al mejor precio que puede comprar o vender.

Esto en teoría, la realidad es que no se cumplen totalmente estos requisitos.
Es un Mercado libre, regido por una sociedad anónima y en la cual el Estado solo debe supervisar.

Debe ser un Mercado transparente. Los inversores deberían tener la misma información al mismo tiempo.

Debe ser un Mercado eficiente donde las nuevas noticias se reflejen inmediatamente en las cotizaciones.

FUNCIONAMIENTO:

Para simplificar la idea de cómo funciona la bolsa de valores, veamos ahora las ventajas de las corredoras. Ellas nos evitan el tener que visitar físicamente cada Bolsa y con la ayuda de la tecnología de la informática y del internet, desde la comodidad de nuestros hogares podemos realizar transacciones bursátiles altamente seguras.
Es por ello que nuestra atención está más inclinada a las corredoras que a las bolsas mismas para entender cómo funciona la bolsa de valores. Las corredoras sofisticadas y de gran renombre ofrecen a su público la facilidad de operar en cualquier bolsa de valores del mundo, con el producto bursátil que prefiera.
El acceso a cada mercado está condicionado al pago mensual por el servicio de data; este monto por lo general es muy bajo, depende de cada mercado y se realiza a través de su corredora automáticamente sin ninguna complicación. Usted sólo le indica a su corredora las bolsas de valores en las cuales usted pretende operar y ellas se encargan del resto.

OBJETIVOS:

Dar a conocer de una manera sencilla y práctica la forma en que las bolsas de valores llevan a cabo su misión, así como su funcionamiento interno en los diferentes ámbitos en que se desenvuelven.
Identificar y familiarizarnos con la terminología utilizada por las personas que se desempeñas en esta área con el fin de ampliar nuestros conocimientos.
Asumir el conocimiento de la bolsa como una oportunidad real para nuestras empresas de poder adquirir liquidez y a futuro ingresar a ellas con sólidos conocimientos.

LA BOLSA DE VALORES DE REPÚBLICA DOMINICANA (SANTO DOMINGO):

La bolsa de valores de Santo Domingo es una identidad completamente innovadora en nuestro país, constituyendo una actividad que además de ser nueva, redundará en la creación de un nuevo mercado de dinero con un futuro promisorio.

La importancia del establecimiento de este mercado radica en que contribuye al desarrollo económico nacional, motorizando un movimiento de capitales que dinamizaría la inversión y traería como consecuencia la transparencia de las operaciones, y además, ejercería un efecto competitivo entre los bancos, permitiendo intermediación financiera bancaria y la creación de nuevas empresas del futuro.

Aunque, es oportuno señalar que el establecimiento de este mercado ha encontrado muchos inconvenientes como son, un medio ambiente macroeconómico y fiscal muy adverso, mala administración financiera, familiaridad empresarial y otras tanta contrariedades que hay; precisamente, hay que enfrentar.

LA BOLSA DE VALORES DE SANTO DOMINGO

Origen de la Bolsa de Valores de Santo Domingo
La Bolsa de Valores de Santo Domingo, es una idea que data de la década de los años 1950, aunque en el año 1884 nuestro Código de Comercio preveía el surgimiento de esta y no fue hasta el 1953 que se aprueba y se promulga la Ley Orgánica de la Bolsa de Valores en el país.

En el 1982 se dio cuerpo a un Comité gestor, pero ya para el 1987, la Cámara realizó varios estudios-seminarios y encargó un estudio de factibilidad al especialista Robert Bishop, ex - vicepresidente de la bolsa de valores de Nueva York y este recomendó el establecimiento de una bolsa de valores en la República Dominicana.


La Bolsa de valores de Santo Domingo es una institución sin fines de lucro, creada por decreto presidencial no.544-88, de fecha 25 de noviembre del 1988, bajo el auspicio de la Cámara de Comercio y Producción del Distrito Nacional.

CORREDORES DE CAMBIO:

Qué es un corredor de cambio y cuál es su función.

El corredor de cambio es un profesional especializado en realizar operaciones en el mercado cambiario. En nuestro país, es el Banco Central de la República Argentina (BCRA) el que concede la autorización para desarrollar dicha tarea, debiendo los responsables de llevarla a cabo cumplir con una serie de estrictas condiciones y demostrar, en un examen, conocer perfectamente el funcionamiento de los mercados y cada una de las modalidades operativas. La función principal del corredor de cambio es la de mediar en las operaciones de cambio que sus clientes realizan con los bancos entre sí. Procura que las partes se pongan de acuerdo con las cotizaciones y puedan, así, concretar los negocios. Tanto el comprador como el vendedor deben quedar satisfechos con los precios obtenidos y predispuestos a continuar operando para cumplir con los compromisos asumidos.

CÓMO LLEVA A CABO SU TRABAJO:

Para ejecutar su labor, cuenta con todos los elementos técnicos y la información necesaria para tomar las mejores decisiones en el momento oportuno. Al estar directamente comunicado, por medio de las llamadas líneas telefónicas punto a punto, con todos los bancos activos en el mercado de cambios, conoce los precios al instante, tanto del mercado local como de las divisas que se operan en el ámbito internacional.


CONCLUSIÓN:


La Bolsa de Valores es una compuerta que permite a un país la entrada de gran cantidad de dinero. El establecimiento de una Bolsa de Valores evita la fuga de capitales y hace que a un país lleguen gran cantidad de recursos proveniente del exterior.

En el mundo capitalista una Bolsa de Valores sirve en primer lugar, para promover la negociación de acciones que permitan que determinados empresarios opten por el capital accionario de las empresas por convicción v no por imposición. Las ventas de las acciones constituyen más fuentes de financiamiento para hacer más cosas en menos tiempo y no sólo dependerá del propio capital y el financiamiento de un banco sino también del capital del público, o sea estructura financiera de las empresas.

jueves, 6 de julio de 2017

El negocio de los vehículos usados e importados

El negocio de los vehículos usados e importados
¿Por qué quiero implementar este negocio? Porque en este tipo de negocio es que  tengo una experiencia de 14 años se de marcas modelos y condición. Aquí en la república dominicana el negocio de comprar-revender autos usados en subastas en usa y luego importados al país  o venderlo en usa en otra subasta sin necesidad de importarlo es un negocio millonario y muy lucrativo. Hay varias formas de operar en este tipo de negocio.
1-Comprar autos en una subasta Y revenderla en 2 días en otra subasta de otra ciudad y/u otro estado. Por ejemplo, comprar un toyota 2010 con 30 mil millas a $ 4,000 dólares igual a $192,000 pesos dominicanos  en una subasta en New York y colocarla en una subasta en Miami empezando en 4,500 y terminar hasta en 15,000 dolares dependiendo de la marca modelo y condición y el año.
2-Comprar vehículos usados  3000 dólares más o menos, para arreglarlos y traerlo al país y revenderlos en la calle.
3-Comprar vehículos  con problemas mecánicos accidentados luego desmantelarlo importar las piezas al país   y revenderlos por pieza.

Comerciantes rechazan acciones Pro Consumidor

Opinión personal:

   Desde mi punto de vista la solución del de este conflicto está en manos del gobierno porque si el gobierno tiene la potestad de incautar la leche cerrar el comercio, y someter a la justicia a los dueños   también tiene que buscar una alternativa al problemática  antes que esta conflicto afecte directamente al mayor consumidor que es la población.  


martes, 4 de julio de 2017

Sociedades Comerciales de acuerdo a la Ley de Sociedades Comerciales en la República Dominicana Ley número 479-08


Sociedades Comerciales de acuerdo a la Ley de Sociedades Comerciales en la República Dominicana Ley número 479-08


 
Tipo
Mínimo de Socios
Máximo de Socios
Órgano de Administración de la sociedad
Capital Autorizado (mínimo)
Capital Autorizado (Suscrito sobre el mínimo)
Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL)
Único
dueño
No
tiene
Gerente
Cualquier capital
aportado
No necesita
Sociedad Anónima (SA)
2
No
hay
límites
Consejo
de
Administración
RD
$30,000,000.00
10% del
Capital
Mínimo
Autorizado
Sociedad Anónima Simplificada (SAS)
2
No
hay
límites
Consejo
de
Administración
RD
$3,000,000.00
RD
$300,000.00
Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL)
2
50
Consejo
de
Gerencia
RD
$100,000.00
No necesita
Sociedad en nombre colectivo
2
No
hay
límites
Gerente
Fijado
por los
estatutos
o contrato
sociedad
No necesita
Sociedad en comandita simple
2
No
hay
límites
Gerente
Fijado
por los
estatutos
o contrato
sociedad
No necesita
Sociedad en comandita por acciones
1 socio
comanditado
y 3 socios comanditarios
No
hay
límites
Gerente (s)
Fijado
por los
estatutos
o contrato
sociedad
No necesita
Sociedad Extranjera
1
No
hay
límites
Gerentes,
directores
o lo que
establezca
su legislación
de origen
Fijado por su
pacto de sociedad
o cualquier
documento
de su legislación
de origen
Según
legislación
de
origen

Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL)
La Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) es un tipo de empresa muy usada en el país, principalmente por el hecho de ser empresas que tienen un dueño único y, además, se forman con un patrimonio independiente y separado de los demás bienes que posee una persona como persona física.
Principales características de este tipo de sociedad
·         Su denominación social debe estar seguida de la palabra “Empresa Individual de Responsabilidad Limitada”, o las iniciales “E.I.R.L.”
·         Pertenece a una persona física.
·         Es una entidad dotada de personalidad jurídica propia.
·         El aporte de su propietario puede ser en numerario o en naturaleza.
·         Se constituye mediante acto otorgado por su fundador.
·         No existe monto mínimo de capital social.
·         La atribución del poder de dirección de este tipo de sociedades se otorga en un Gerente que deberá ser una persona física.
·         Podrá desarrollar operaciones civiles y comerciales.
·         El propietario podrá designar un gerente o asumir las funciones de éste.
Requisitos necesarios para la creación de una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.)
Además de los requisitos establecidos al final de este artículo, también necesitara:
·         Redactar el acta constitutiva, legalizada por un abogado notario.
·         Pagar y tener el Comprobante del depósito del aporte, emitido por la entidad bancaria correspondiente.
·         Fotocopia de la cédula de identidad y electoral.
Beneficios de crear una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.)
·    No se necesita tener un socio.
·   Separas tu patrimonio propio, del patrimonio de la empresa.
2. Sociedad Anónima Simplificada (SAS)
Las sociedades Anónimas Simplificadas (SAS), son aquellas que se constituyen con dos o más personas, quienes sólo serán responsables por el monto de sus aportes.
La principal ventaja de una Sociedad Anónima Simplificada (SAS), es su libertad contractual, a través de la cual los accionistas pueden establecer libremente en los Estatutos Sociales todo aquello pertinente para la sociedad, así como las normas que necesiten para poner en funcionamiento la sociedad.

Principales características de este tipo de sociedad
·         Debe tener un mínimo de dos socios y no hay límite en cuanto al máximo.
·         La denominación social (nombre comercial) será formada libremente, agregándose las palabras Sociedad Anónima Simplificada o las siglas SAS.
·         Su capital social autorizado no podrá ser menor de RD$3,000.000.00.
·         El capital social se divide en acciones.
·         Al menos el 10 % del capital social debe estar suscrito y pagado al momento de formación de la sociedad.
·         Los administradores no tienen que ser necesariamente personas físicas.
·         Los estatutos sociales determinan libremente la estructura de gestión de la sociedad, que puede consistir en uno o varios administradores o en un consejo de administración.
·         No es obligatoria la designación de uno o varios comisarios de cuentas que supervisen la gestión de la administración.
Requisitos para la Constitución de una Sociedad Anónima Simplificada (SAS)
·         Poder de la persona con calidad para representar la sociedad a la persona que tramita la solicitud de Registro Mercantil.
·         Estatutos sociales, en acto privado (mínimo 2 originales) o auténtico, que debe de ser depositada en el Registro Mercantil.
·         En caso de suscripción de acciones en efectivo, comprobante de suscripción que deberá ser firmado por el o los fundador(es)
·         Original informe de comisario de aporte (si aplica), el cual debe ser contador público autorizado o tasador inscrito en el Instituto de Tasadores Dominicanos o en la Superintendencia de Bancos o de Seguros.
·         Recibo de pago de impuesto por constitución de Sociedades (1% del capital autorizado)
·         Fotocopias de cédula de identidad y electoral (en caso de dominicanos) y pasaporte, cédula de identidad de extranjero u otro.
Beneficios de la creación de una Sociedad Anónima Simplificada (SAS)
·         Autonomía para estipular libremente las normas de la sociedad.
·         La responsabilidad es limitada.
·         Su creación es fácil, pues se puede crear mediante un documento privado.
3. Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL)
Una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL), se puede definir como  aquella sociedad mercantil en la cual la responsabilidad está limitada al capital aportado, y es por esto que en el caso de que la sociedad adquiera deudas, no se responde con el patrimonio personal de los socios, y es sobre todo por esta característica que este tipo de empresa es bastante usada en el país.
Características de una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)
·         La denominación de la empresa deberá ser precedida o seguida, de las palabras “Sociedad de Responsabilidad Limitada”, o las siglas “S.R.L.”.
·         Está limitada a un mínimo de 2 socios y a un máximo de 50 socios.
·         Los Socios de la S.R.L. pueden ser personas físicas o Jurídicas.
·         Es siempre comercial.
·         Podrá desarrollar operaciones civiles y comerciales, salvo aquellas reservadas por ley a las sociedades anónimas, por ejemplo bancos y compañías de seguros.
·         Su administración corresponde al o los Gerentes, quien representa a la S.R.L. judicial y extrajudicialmente, con todas las facultades de administración y disposición.
Requisitos para la Constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)
Además de los requisitos establecidos al final de este artículo, también necesitara:
·         Pago del  impuesto del 1% del capital.
·         Redacción y firma de los documentos constitutivos.
·         Depósito de los documentos en las entidades correspondientes.
Beneficios de la creación de una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)
·         La responsabilidad de los socios por las deudas sociales está limitada a las aportaciones del capital.
·         El capital social mínimo es muy reducido, pues es solo RD$100,000.00.
·         No existe un capital máximo.
·         No existe porcentaje mínimo ni máximo de capital por socio.
·         Se permite establecer una nueva identidad, por lo que le es más fácil a una sociedad reunir capital y financiarse, en comparación con una persona física.
Además, existen otras sociedades en el país
Sociedad Anónima (S.A.)
La Ley de Sociedades Comerciales, en el artículo 154 define la Sociedad Anónima (S.A.), como la existente entre dos o más personas bajo una denominación social y se compone exclusivamente de socios cuya responsabilidad por las pérdidas se limita a sus aportes.
Algo muy importante a tener en cuenta en este tipo de sociedad es que existen dos (2) tipos de Sociedades Anónimas (S.A.): Sociedad Anónima De Suscripción Pública y Sociedad Anónima De Suscripción Privada.
Sociedad en nombre colectivo
Este tipo de sociedad está constituida por dos o más socios, quienes contraen una obligación solidaria frente a los compromisos de la compañía.
La Ley de Sociedades Comerciales en el Artículo 59, dice que este tipo de sociedad es aquella que:
Existe bajo una razón social y en la que todos los socios tienen la calidad de comerciantes y responden, de manera subsidiaria, ilimitada y solidaria, de las obligaciones sociales.
Algunas características de este tipo de Sociedad son
·         Los acreedores de la sociedad sólo podrán perseguir el pago de las deudas sociales contra un asociado después de haber puesto en mora a la sociedad por acto extrajudicial.
·         Debe estar compuesta por el nombre de uno o varios asociados seguidos por las palabras “y compañía” o su abreviatura, si en ella no figurasen los nombres de todos los socios.
·         Debe tener un mínimo de dos (2) socios.
·         El capital de esta sociedad será fijado en los estatutos sociales.
·         El Comisario de Cuentas no es obligatorio.
·         Todos los socios serán gerentes, salvo estipulación contraria establecida en los estatutos.
·         Las partes o acciones de esta sociedad no son transferibles ni cesibles sin el consentimiento de los demás socios.
Sociedad en comandita simple
Esta sociedad está constituida por dos tipos de socios, los comanditados, con responsabilidad solidaria frente a los compromisos de la compañía, los socios comanditarios, con responsabilidad limitada al monto de su aporte.
Sociedad en comandita por acciones
Es aquélla en la cual uno o varios socios comanditados responden en forma solidaria por las obligaciones sociales y uno o varios socios comanditarios tienen la responsabilidad limitada al monto de las acciones que han suscrito, en la misma forma que los accionistas de una compañía por acciones.
En este tipo de sociedad el capital social estará dividido en acciones. Y el número de los socios comanditarios no podrá ser menos de tres (3).


SUPERE EL NO